DECRETO 1946/1971, de 22 de julio, por el que se declara Conjunto Histórico-Artístico la plaza de la villa de Olivares (Sevilla) con la Iglesia Parroquial y el Palacio de los Condes-Duques.

El conjunto monumental de Olivares (Sevilla) se debe a la munificencia de los primeros Condes de aquel título, rama lateral de la Casa Ducal de Medina Sidonia, asentada en esta zona del Aljarafe, que fue patrimonio desde la Edad Media de la poderosa familia de los Guzmanes.

Centrado este conjunto en la Plaza Mayor de la villa, son piezas fundamentales del mismo la antigua Colegiata, hoy Iglesia Parroquial, y el Palacio de los Condes-Duques.

La Iglesia, primitiva capilla de Santa María de las Nieves, fundada en mil quinientos noventa, es un bello edificio del siglo XVII, de hondo sabor manierista. Consta de tres naves sobre columnas pareadas de mármol y su traza tiene antecedentes directos en dos monumentos coetáneos de la capital: la Iglesia de San Benito, construida por Andrés de Oviedo, y el apeadero del Alcázar, obra del gran arquitecto Juan de Oviedo y de la Bandera, muy característica del reinado de Felipe IV.

El valor del ajuar litúrgico del templo es impresionante: cuadros, relicarios, sillerías de coro, altares, se integran en singular unidad con el notable conjunto arquitectónico en cuya cripta reposan los primeros Condes.

El Palacio, iniciado en la primera mitad del siglo XVI, con algunas reformas posteriores, está ligado lateralmente al recinto de la plaza por dos arcos apuntados, que dan paso a otras tantas calles. Tiene amplia fachada de dos plantas, en la más alta de las cuales se abren cinco balcones de dos y tres manos, con arcos sobre columnas de mármol encuadrados por alces moriscos, todo ello al gusto renacentista sevillano. La puerta, de mármol italiano, está encuadrada a su vez por columnas y su friso se decora con tres fondos circulares con perfiles cesáreos.

El interior del edificio consta de tres núcleos principales, agrupados en torno a sendos patios que se yuxtaponen en posición paralela a la línea de fachada. El patio central, el más bello del conjunto, es de traza muy común en el siglo XVI sevillano y se adosa directamente al muro de fachada, sin crujía alguna intermedia. De planta cuadrada, con galería en todos sus frentes y arcos de perfil semicircular peraltados con sus alfices correspondientes, tiene por remate una cornisa con perfil de nacela, a partir de la cual nace el segundo cuerpo, que es ciego y con simple balconaje. Los arcos apoyan en columnas de mármol blanco, del conocido tipo de importación genovesa que tanto se uso en Sevilla por aquel entonces: basa de garras, fuste liso y sin gálibo y capiteles de “castañuelas”, grácil estilización gotizante del orden corintio.

Los volúmenes exteriores de la Iglesia, el modesto, pero bien trazado caserío, los arcos de ingreso a la plaza que sirven de enlace con la monumental fachada del Palacio y la vinculación de todo ello a la historia de nuestro Siglo de Oro constituyen un interesante conjunto que debe ser preservado, mediante oportuna declaración, de innovaciones o reformas que pudieran perjudicarlo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de julio de mil novecientos setenta y uno,

DISPONGO:

Artículo primero— Se declara Conjunto Histórico-Artístico la plaza de la villa de Olivares (Sevilla) con la Iglesia Parroquial y el Palacio de los Condes-Duques.

Artículo segundo— La tutela de este Conjunto, que queda bajo la protección del Estado, será ejercida a través de la Dirección General de Bellas Artes por el Ministerio de Educación y Ciencia, el cual queda facultado para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el mejor desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintidós de julio de mil novecientos setenta y uno.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Educación y Ciencia,
JOSÉ LUÍS VILLAR PALASI